3.10.17

Nuestros derechos históricos en Aragón 2 - Eloy Fernández Clemente

Hemos repasado los muchos y largos (a veces, tortuosos, dramáticos) pasos en la evolución de nuestro Estatuto. Cuando el 9 de marzo de 2010, Jesús Morales Arrizabalaga, profesor de Historia del Derecho en la Universidad de Zaragoza, daba en Ejea una conferencia titulada «Aragón, Nacionalidad Histórica» utilizaba el título de un libro suyo en el que reubicaba a Aragón en el proceso de constitución de la España democrática devolviéndole «el protagonismo que como reino fundador de la Monarquía Hispánica, le corresponde en el proceso autonómico». 

Este importante trabajo analiza la relación entre Aragón y el Reino de España, basada en su trascendental aportación en la construcción de España. No hay, sin embargo, correspondencia entre su importancia como reino fundador de la Monarquía Hispánica con las posiciones preeminentes que disfrutan hoy otros territorios, lo que supone una negación de los derechos históricos de esta Comunidad recogidos en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía de Aragón.

La inquietud de algunos grupos no permitía pausas ni satisfacciones. Así, en febrero de 2011, presentó el Partido Aragonés nuevas propuestas que no prosperaron. Pero tres años más tarde, la Mesa de las Cortes, en sesión de 16 de julio de 2014, calificaba la Proposición de Ley de actualización de los derechos históricos de Aragón, presentada por los populares y el PAR, y ordenaba su publicación en el BO de las Cortes. No desoigamos, aunque discrepemos, lo que señalaban esos parlamentarios en su Exposición de motivos: «Aragón toma su historia como referencia para su desarrollo como Comunidad Autónoma, y concretamente, como comunidad histórica de base foral. 

La identidad de Aragón como sujeto político reconocible desde el siglo XI hasta la actualidad se fundamenta en sus instituciones tradicionales, el Derecho Foral y su cultura. Tras los Decretos de Nueva Planta, pese a que Aragón perdió sus instituciones propias, conservó su identidad fundacional y se mantuvo la conciencia de Aragón como territorio diferenciado con Derecho propio. El Reino de Aragón fue titular de un sistema jurídico e institucional completo que se expresó mediante Fueros de Cortes con el Rey, Observancias del Justicia Mayor, dictámenes del Consejo de Aragón, resoluciones de otras instituciones y construcciones doctrinales de los foristas, dando origen a la foralidad aragonesa. 

La actual Comunidad Autónoma de Aragón en su condición de nacionalidad histórica se subroga en la posición del Reino de Aragón como cabeza de la Corona de Aragón y entidad fundadora de la Monarquía Hispánica. Aragón mediante la presente ley proclama su condición de territorio foral por legitimidad histórica y porque lo dispone su Estatuto de Autonomía, según el cual, los derechos históricos de Aragón podrán ser actualizados de acuerdo con lo que establece la disposición adicional primera de la Constitución española».

Muchas cuestiones matizables, a las que añadían que «la participación de Aragón en el proceso de construcción histórica de España muestra la voluntad aragonesa de formar parte de un proyecto común. Pero que la identidad de Aragón esté unida a la identidad de España no exige la renuncia del pueblo aragonés a sus derechos históricos». Trataban, en definitiva, de «afirmar y proteger la identidad aragonesa… eliminando cualquier reminiscencia de un régimen señorial incompatible con nuestro actual sistema constitucional democrático» adaptando esa raíz regulatoria «a un nuevo entorno social, receptivo y abierto a otras culturas, religiones y etnias que vuelven a un territorio que en el pasado también fue receptor» y buscando nuevos puntos de equilibrio… entre pasado, presente y futuro, «porque nadie quiere una recuperación del pasado —por glorioso que pueda ser— que comprometa el desarrollo futuro. 

En segundo lugar, y tal vez más difícil de encontrar, el equilibrio entre los distintos pasados de Aragón; mil años de historia dan para mucho, pero no se puede caer en la manipulación de seleccionar aquellos fragmentos que mejor encajan con nuestras preferencias y proyectos, y esconder aquellas partes que las contradigan o corrijan. El más delicado de todos los equilibrios es el que debe encontrarse entre el conocimiento científico de nuestra historia y la existencia de mitos y creencias a los que el uso constante posterior ha dotado de realidad bastante. Muchos de estos mitos realizados ocupan el centro de nuestra aproximación al pasado. La confrontación entre la verdad científica y las convicciones sociales no tienen un vencedor claro; es probable que debamos empeñarnos precisamente en suavizar ese enfrentamiento y moderar sus consecuencias».

La propuesta fue muy rebatida por el diputado de CHA José Luis Soro cuya intervención en las Cortes a primeros de octubre de 2014 sorprendió a muchos, parecía que se habían cambiado los papeles. Frente al historicismo conservador, denunciaba: «… Se está incurriendo en un error conceptual… los derechos históricos del pueblo aragonés no es una cuestión de himnos, banderas y vestigios históricos. No, señorías. Los derechos históricos son la forma de obtener mayores recursos públicos, de tener mejor educación pública, mejor sanidad pública, es la fórmula para exprimir al máximo la potencialidad de autogobierno de Aragón… No hablamos de historia, señorías, hablamos de futuro»

Más adelante insistirá «… para mejorar la calidad de vida de la gente en el siglo XXI, no para recordar lo que fuimos en el siglo IX y en el siglo XIII, y se lo dice un nacionalista aragonés convencido». Claro que no basta tener razón, o gran parte de razón, sino que se precisa mayoría de votos y escaños. Por eso, en el Pleno de 27 de noviembre se votó esa enmienda a la totalidad y se rechazó. Solo IU la apoyó (Barrena tuvo una intervención crítica, pero coherente con sus posicionamientos políticos). PP y PAR votaron en contra... ¡y también el PSOE!


Se elaboró por entonces un informe del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, relativo a la Proposición de Ley de Derechos Históricos, un auténtico disparate, escrito sin leer la disposición adicional tercera del Estatuto. Muy positiva, en cambio, fue la propuesta de APUDEPA considerando indispensables sensibles mejoras y, aun sin compartir el planteamiento general de la Ley, tan contradictoria que al reivindicar la importancia de las instituciones históricas de autogobierno y el entronque en ellas de las actuales, insiste en el respeto por los símbolos, nombres y denominaciones originales de los órganos de gobierno y administración e instituciones jurídicas de nuestro pasado… menoscabando el valor histórico de la denominación de la Diputación General.

Una nueva Proposición de ley (presentada por Gregorio Briz, Portavoz de CHA) sobre «Actualización de los Derechos Históricos de Aragón», de 19 de diciembre de 2016, recordando que «Aragón es una Nacionalidad con más de doce siglos de Historia… Sobre este amplio y variado territorio, sucesivas generaciones de aragoneses y aragonesas fueron construyendo una nación fundada en la defensa de sus libertades, dotada de instituciones singulares (Cortes, Justicia Mayor, Diputación del Reino, Maestre Racional) y depositaria de un rico patrimonio natural, cultural, jurídico y lingüístico. Un país que fue germen y cabeza de una confederación peculiar y precursora en Europa: la Corona de Aragón. 

La esencia del antiguo Reino de Aragón eran sus Fueros, que emanaban de una concepción pactista del poder: no era Fuero la voluntad del Rey, sino su acuerdo con los cuatro Brazos de las Cortes. Y el pueblo aragonés siempre se caracterizó por defender celosamente sus Fueros y Libertades, hasta el punto de que el Justicia Mayor Juan de Lanuza el Mozo fue decapitado, tras la rebelión de 1591, por encabezar su defensa».

Volveré sobre esta importante propuesta, como tantas llamada a la muerte en minoritaria soledad, porque debo acabar este artículo recordando cómo ha ido creciendo la crítica al sistema autonómico, y han sido muchas las voces que, a raíz de la situación en Cataluña, han lamentado la actual organización territorial del Estado y sugerido una marcha atrás. Y no sólo en el PP, siempre muy centralista, sino que el que fuera ministro socialista, Miguel Sebastián propuso en abril de 2014 dejar sólo las tres autonomías históricas y diluir las otras 15 «para ahorrar» (hace unos días parece haber influido esa idea en Pedro Sánchez, que por otras razones buscaba desesperadamente una salida a la convocatoria independentista catalana…).

*Catedrático jubilado. Universidad Zaragoza



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