Se engaña a los aragoneses diciendo que es beneficioso para la mayoría, cuando en realidad solo beneficia a muy pocas familias, de gran poder adquisitivo, del entorno rural en casi todos los casos, y que dejan en herencia sobre todo extensiones de terrenos y acciones, seguros de vida o similares, o propiedades con un valor catastral alto.
Las familias que reciben en herencia pisos y algunos ahorros en Aragón, con la actual legislación por la que no se paga nada por los primeros 150.000 euros por heredero, tienen cubierto sucesiones en la mayoría de los casos. Subir a 500.000 euros por heredero supone beneficiar a valores catastrales que no son los habituales en las ciudades, y que en el caso de familias con dos hijos que sería lo más común, estamos hablando de herencias que superan el millón de euros.
Es lógico también que tanto CHA como Podemos e IU piensen lo mismo, pues su base social es la de los trabajadores y ciudadanos comunes, que nunca alcanzan en las herencias estos valores, ni de lejos.
Por recibir de su cónyuge, padre, madre o hijo una cantidad de hasta 150.000 euros, en Aragón no tiene que pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones si el valor del patrimonio que Ud. posee a la fecha de la herencia no supera los 402.678,11 euros.
Por heredar de su abuelo/a una cantidad de hasta 150.000 euros, siempre que usted lo reciba en sustitución de su padre o madre muertos con anterioridad al fallecimiento del abuelo/a, en Aragón no tiene que pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. No pagará si el valor del patrimonio que usted posee cuando recibe la herencia es inferior a 402.678,11 euros.
En el caso de que el valor de su patrimonio, cuando recibe la herencia, supere dicha cantidad, debe consultar con un abogado para calcular la cuota, o acudir a un simulador que tienen en web el propio Gobierno de Aragón, y saber cuánto debe pagar.
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